20 Ene Sobre los Créditos del Ayuntamiento
Hoy, miércoles 20 de enero de 2016, el grupo municipal de Gana Medina ha mando una nota de prensa a los medios en la que se explica detalladamente nuestra opinión sobre Informe de fiscalización de los Reconocimientos Extrajudiciales de Créditos del Ayuntamiento de Medina del Campo: Plan Anual de fiscalización 2014 y sobre lo que implica para Medina la forma de actuar del grupo de gobierno y que os dejamos aquí completa y que podéis ver y descargar AQUÍ en PDF:
«El próximo viernes 21 de enero, en la Comisión de Economía y Hacienda de las Cortes de Castilla y León se presentara por parte del Consejo de Cuentas, el informe de fiscalización de los Reconocimientos Extrajudiciales de Créditos del Ayuntamiento de Medina del Campo: Plan Anual de fiscalización 2014
Por empezar por el final, con las recomendaciones y valoraciones del Consejo de Cuentas o del consultivo siempre hay que estar de acuerdo. Se podrá estar más o menos y poner matices, pero en temas administrativos, crean jurisprudencia. De ahí que se les pida consulta para deshacer entuertos cuando una administración tiene un conflicto.
Por resumir, lo que dice el consultivo es que: “El Ayuntamiento de Medina del Campo ha aprobado de forma extemporánea, mediante el Reconocimiento Extrajudicial de Créditos, obligaciones que se corresponden con prestaciones de bienes y servicios y en general transacciones económicas realizadas y producidas en ejercicios anteriores, por una elevada cifra que supera los 900 mil euros”.
“Que para la aprobación de las obligaciones de forma extrajudicial el Ayuntamiento apeló simplemente al principio y teoría del Enriquecimiento injusto, realizando una convalidación implícita de los gastos a pesar de los incumplimientos, en parte de ellos, del procedimiento de contratación advertidos por la Intervención, la ausencia de un informe justificativo de su necesidad y de las causas de dichos incumplimientos, y, finalmente, de su generación con falta o ausencia de consignación presupuestaria. Teniendo esto en cuenta, en ningún caso se valoró realizar una revisión de oficio por la que se apreciasen estos incumplimientos y sus consecuencias y se produjese una investigación, más allá de una mera convalidación de gastos mediante su reconocimiento extrajudicial, por invocación al Enriquecimiento injusto”.
“Que no existe una clara situación ni un adecuado control de las cantidades que el Ayuntamiento transfiere a la Mancomunidad Tierras de Medina por el servicio de recogida de residuos sólidos urbanos, del coste de los diferentes conceptos que engloban y de los precios aplicados. Ello ha originado de forma sistemática, a lo largo de los últimos años, problemas de consignación presupuestaria y la necesidad de aprobar estas cantidades de manera excepcional”.
Pues bien, el Grupo Municipal de Gana Medina quiere manifestar lo siguiente:
Referente a la Mancomunidad Tierras de Medina: El 74,8% del importe corresponde a transferencias corrientes que el Ayuntamiento efectúa de forma periódica a la Mancomunidad Tierras de Medina por el Servicio de Recogida de Residuos Sólidos Urbanos. Desde hace años, con las cantidades presupuestadas para el pago a la Mancomunidad Tierras de Medina se presupuestaban cantidades inferiores al coste real del servicio, que al año siguiente se acordaban pagar la diferencia con este procedimiento, dejando las cantidades de un ejercicio para otro y de esa forma se cuadraban los presupuestos y de alguna manera se justificaba la no subida de la tasa de basuras al cuadrarse los ingresos con los gastos, aunque eso era falso.
Sobre la comprobación y análisis de Justificantes: en el punto 15: dice “El análisis de estos gastos, teniendo en cuenta los problemas de presupuestación que de forma evidente generan la necesidad sistemática de recurrir a su aprobación de forma extraordinaria o extrajudicial. Evidencian que el Ayuntamiento de Medina del Campo no ejerce un control adecuado de las cantidades que se transfieren.
Falta de Responsabilidad: Incumplimiento de la normativa contractual del sector público sobre el origen y causas de sus obligaciones: “El Ayuntamiento no inició, en ningún supuesto, procedimiento alguno para la determinación y exigencia, en su caso, de responsabilidades de carácter patrimonial ni disciplinario a sus autoridades y personal, derivadas de la infracción de la normativa contractual del sector público y de la realización de gastos sin consignación presupuestaria, en virtud de lo previsto por la disposición adicional decimonovena del TRLCSP y el art. 173.5 del TRLHL. En este sentido, cabe destacar que de forma reciente la Ley 19/2013 de Transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, recoge importantes sanciones para este supuesto así como indemnizaciones a la Hacienda Pública”.
Falta de transparencia municipal: El informe argumenta que el 19,7% de los gastos han tenido reparos de intervención y se refieren a la falta de constancia de procedimiento de contratación, lo que redunda en la aprobación de los gastos sin que ellos supongan su conformidad y el pleno se pronuncie sobre ellos, (Es decir no se debate en Pleno)
En definitiva, estamos hablando de 900.000€ de algunos ejercicios aunque estas cantidades se fueron reduciendo en años posteriores. Y aunque este informe hace especial incidencia en el tema de los pagos a la Mancomunidad y la recogida de residuos sólidos, las recomendaciones las extiende al resto de Reconocimientos, porque nunca fueron acompañados del preceptivo informe justificando la necesidad del gasto, aunque eran cantidades muy inferiores, llamando la atención sobre la recomendación 4 «podría proceder la declaración de nulidad de los actos y contratos existentes en el contexto de un procedimiento de Revisión de Oficio”.
Por ello, este Grupo Municipal quiere hacer a los responsables de nuestro Ayuntamiento, las siguientes preguntas:
1º ¿Cuando el Ayuntamiento de Medina del Campo va a pedir a la Mancomunidad Tierras de Medina por el servicio de recogida de residuos sólidos urbanos, el coste de los diferentes conceptos que engloban y de los precios aplicados?
2º ¿Cuando el Ayuntamiento de Medina del Campo va a llevar a Pleno para que lo conozcan todos los concejales y el pueblo en general, los gastos que han tenido reparos de intervención, lo que redunda en la aprobación de los gastos sin que ellos supongan su conformidad?
3º ¿Cuando el Ayuntamiento de Medina del Campo va a hacer las cosas bien y no mediante la utilización del Remanente Líquido de Tesorería, que en 2014 consiguió regularizar el pago de las transferencias a la Mancomunidad Tierras de Medina y un reconocimiento extrajudicial de créditos mínimo en el ejercicio 2015, como reconoce el Teniente de Alcalde, Sr. Rodríguez en su escrito de alegaciones del 13 de Julio pasado?
4º Por último, ¿cuando los responsables del Ayuntamiento van a dar explicaciones serias y convincentes de este informe y no, como hacen habitualmente convoquen una rueda de prensa para anunciar que han comprado un paquete de folios?
Podéis ver y descargar toda la información del Consejo de Cuentas AQUÍ y, como siempre, en nuestro servidor, AQUÍ
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